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***A 215 años de la declaración de Independencia, el vencimiento del plazo de la presidencia encargada de Delcy Rodríguez revive la exigencia ciudadana de aplicar los artículos 233 y 350 para rescatar el hilo democrático.

REDACCIÓN. – Este 5 de julio, Venezuela no solo conmemora el día en que sus próceres anunciaron la Declaración de la Independencia en 1811 para librarse del yugo del imperio español. Este año, la fecha patria coincide con un momento de máxima tensión política y un vacío de poder que mantiene en vilo a toda la nación. El pasado viernes 3 de julio se venció de forma definitiva el plazo constitucional de 180 días de la presidencia encargada de Delcy Rodríguez, abriendo un escenario de profunda ilegitimidad que el oficialismo pretende ignorar, desatando el rechazo unánime de la gran mayoría de los venezolanos.
El peso de la historia: Los antecedentes de 1811
Para entender la urgencia del presente, hay que mirar el pasado. El 5 de julio de 1811, el Congreso de Venezuela declaró solemnemente la separación absoluta de la Corona Española. Los antecedentes de aquella gesta se remontan al 19 de abril de 1810, cuando el cabildo de Caracas destituyó al capitán general Vicente Emparan, naciendo la Junta Suprema defensora de los derechos del pueblo.
Aquellos civiles y militares entendieron que la soberanía residía en los ciudadanos y no en un mandato impuesto. Hoy, más de dos siglos después, la narrativa se repite: un país que se niega a someterse a autoridades no elegidas por el voto popular.
La crisis actual: El fin del plazo y el «limbo» de Delcy Rodríguez
La realidad de 2026 dista mucho del ideal republicano. Tras la captura de Nicolás Maduro en enero, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) designó a Delcy Rodríguez para asumir el Ejecutivo bajo la figura de «ausencia temporal». La Constitución venezolana es tajante: esta falta temporal solo puede durar 90 días, prorrogables por 90 más con el aval de la Asamblea Nacional.
Ese reloj llegó a cero el 3 de julio. Al haberse cumplido los 180 días máximos sin que se declare la falta absoluta ni se convoque a un proceso electoral democrático, juristas y la oposición mayoritaria advierten que la continuidad de Rodríguez carece de todo sustento legal y rompe formalmente el hilo constitucional.
El clamor ciudadano: Artículos 333 y 350
Ante lo que la ciudadanía califica como una prolongación arbitraria del régimen oficialista, en las calles y las redes sociales cobra fuerza una exigencia unánime: hacer valer la Carta Magna.
- Artículo 333: Los venezolanos demandan que se declare formalmente la falta absoluta del presidente y se proceda de inmediato —dentro de los 30 días siguientes— a la convocatoria de elecciones presidenciales libres, justas y transparentes.
- Artículo 350: Con un rechazo popular que supera los dos tercios de la población y agravado por la precaria gestión pública, la sociedad civil evoca el principio del derecho a la desobediencia civil y el desconocimiento de cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores democráticos o menoscabe los derechos humanos.
El 5 de julio ya no es solo una fecha para los libros de historia; se ha transformado en el recordatorio de que la soberanía, según el espíritu de 1811 y el mandato de la Constitución vigente, le pertenece única y exclusivamente al pueblo venezolano, que hoy exige su derecho a elegir un nuevo rumbo.
Respecto a esta fecha conmemorativa y el proceso constitucional y político que atraviesa Venezuela, el ex constituyentista y reconocido abogado Edwin Sambrano, expresó:
«Son 215 años de la proclamación de la independencia de Venezuela por el Congreso instalado en 1811. El 5 de Julio se reunieron la mayoria de los diputados, se hizo la discusión y se acordó declarar la independencia por amplia mayoría pero el Acta leída y aprobada el 7, publicada el 14 mediante bandos que se leyeron públicamente. se acordó redacte la Constitución y está se discutió durante algo mas de dos meses y finalmente se aprobó el 21 de diciembre de 1811»
«Hoy, nuestro país ha visto humillar a la soberanía popular que es la base de la independencia nacional porque representa el derecho y la voluntad de autodeterminación del pueblo» afirmó al respecto.
Haciendo incapié que: «La recuperación de la soberanía e independencia nacional pasa por el restablecimiento de un gobierno legítimo, genuina expresión de la voluntad mayoritaria de la población y la recuperación de la soberanía popular, lo cual favorecería la recuperación del funcionamiento institucional, se disminuyen o desaparecen los Crímenes de lesa humanidad, las violaciones al debido proceso y a la libertad de las personas. Con este proceso de recomposición del funcionamiento institucional, de cumplimiento de los pactos internacionales sobre DDHH, la Convención Americana sobre DDHH, Carta Democrática Interamericana, el estatuto de Roma, la convención de Palermo… Todo eso recolocaría al país hacia la eficacia de su lucha por la Soberanía Nacional ante el tutelaje que después del 3 de enero de 2026, ejerce los EEUU con mayores beneficios para sus intereses y en plena complicidad con quienes han destruido la soberanía popular y el espacio cívico y humano en Venezuela»
